decreta medida preventiva de embargo sobre el siguiente bien muebles consistente en un vehículo Marca: Chevrolet, Modelo: Sport, Año: 2007, Color. Beige, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Uso: Particular, Capacidad: 5 puestos, Placa del vehiculo: BCD 40N, Seria de Carrocería: 8Z1MJ60077V388333, Serial de Motor: 77V388333, el cual le pertenece al ciudadano Geovanny Ramos Solórzano Torres, parte demandada en el presente proceso, tal como se evidencia del documento de propiedad debidamente notariado por ante la Notaria Pública Primera de Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui.- A los fines de la práctica de la medida decretada se comisiona suficientemente a los Juzgados Ordinarios y Ejecutores de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, a quien se ordena librar despacho junto con oficio.- Líbrense.-