Se dicto Sentencia Interlocutoria en el asunto BP12-R-2016-67, declarandose PRIMERO: SIN LUGAR EL Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada VIDALIA ARIAS ROBLES, en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa ATLANTIC PETROLEUM SERVICES DE VENEZUELA, C.A., ya identificada, en contra de la Sentencia de fecha trece (13) de agosto de 2015, proferida por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Rodríguez y San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. SEGUNDO: Se RATIFICA en todas sus partes en cuanto a la tacha de documento, la sentencia de fecha (13) de agosto de 2015, emanada del Juzgado antes mencionado, en consecuencia se declara SIN LUGAR LA TACHA INCIDENTAL intentada por la empresa ATLANTIC PETROLEUM SERVICES DE VENEZUELA, C.A., ya identificada, contra el documento protocolizado por ante el Registro del Municipio Guanipa del Estado Anzoátegui, en fecha 23/08/2004, bajo el N° 4, folio 20 al 23......