Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGA el desistimiento de la acción presentado por el abogado en ejercicio PASTOR RAUL MORA , inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 222.342, en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil "ELITE AUTOS, C.A.", con N° de RIF J-50204316-0, domiciliada en la ciudad de San José de Guanipa Estado Anzoátegui, debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 14 de marzo de 2022, bajo el N° 247, Tomo 3-A, representada por el ciudadano JORGE LUIS ALFONZO MESNIAJEV, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.799.877. Asimismo se ordena la devolución de los documentos originales anexados al libelo de la demanda. .....