...este Tribunal Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la nulidad de la actuación realizada por este Juzgado de fecha 13 de marzo del año en curso, y repone la causa al estado procesal en que se practique la notificación de las empresas demandadas GTME DE VENEZUELA, S.A y TECNI CONSTRUYE,C.A, a los fines de que tenga lugar la instalación de la audiencia preliminar en la oportunidad señalada en auto de admisión, otorgándosele a las accionadas dos (02) días continuos como termino de la distancia, en virtud de que se encuentra registrada en el estado Miranda; conforme a lo establecido en el artículo 126 de la Ley adjetiva laboral. Este Juzgado, en consecuencia, transcurrido el lapso de Ley a los fines de que la presente decisión adquiera firmeza, ordena librar los respectivos carteles de.....