Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Cobro de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano DOMENICO DI ZILLO, ya identificado, en contra de la sociedad mercantil SERYSON SSIP, S.A.., en consecuencia, se condena a pagar a ésta última la cantidad de ONCE MILLONES SEICIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y TRES BOLÍVARES CON TREINTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 11.653.533,37), más la indemnización por el artículo 110 de la Ley Orgánica del Trabajo, los intereses moratorios y la indexación, para lo cual se ordena realizar experticia complementaria del fallo, mediante la designación de un experto que hará el tribunal por cuenta de la demandada, en los términos ya señalad.....