Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Control N° 04 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, DECRETA LA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a la imputada ROBERKIS ANDREINA JIMENEZ VALDIVIESO, quien es venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-19.258.755, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 14/08/86, de 21 años de edad, de estado civil soltera, de profesión u oficio Estudiante hija de los ciudadanos Roberto Andrés Jiménez y Milena Josefina Valdivieso, residenciado en Calle Nueva, Casa Nº 42, Sector Bello Monte, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, por encontrarlo incurso en la presunta comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el articulo 31 de la Ley Orgánica contra el Trafico Ilícito y el consumo de Sustancias Estupefacientes Y Psicotrópicas, en virtud de que se encuentran llenos los extremos del Artic.....