Este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en función de Control, Audiencia y Medidas Nº 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, a cargo de la Juez Temporal ABG. MARIA FERNANDA ROCHA G, Administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley ACUERDA PRIMERO: la CONFIRMACION DE las MEDIDAS DE PROTECCION Y SEGURIDAD establecidas en el articulo 87 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contenidas en los numerales 5 y 6 a saber: 5º Prohibir o restringir a los presuntos agresores el acercamiento a la mujer agredida , en consecuencia se impuso la restricción de acercarse al lugar de trabajo, de estudio y de residencia de la mujer agredida., específicamente al local comercial distinguido con el alfanumérico A-2, ubicado en el piso 2 del Centro Comercial Arena Moll, ubicado en la avenida Principal de Lechería y 6º Prohibición que el presunto agresor, por si o por terceras personas realice actos de persecución, int.....