En base a la Jurisprudencia parcialmente transcrita y a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Por Decaimiento extinguido el proceso, interpuesto por la Abogada Keyla Contreras, inscrita en el inpreabogado bajo el N: 82.585, en su Carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos Cesar Morales, Miguel Ramírez y Alexis Nogales titulares de las cédulas de identidad Nº 4.800.751, 13.497.775 y 4.504.941, contra de la Empresa Servicios Ojeda C.A.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1466 de fecha 05 de agosto de 2004, se omite la publicación del cartel.
TERCERO: Remítase el expediente a Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fi.....