Por las consideraciones antes expuestas este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la causa que por NULIDAD DE ASAMBLEA interpusiera, el abogado Ismael Barrera Guerrero, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil FRANA, C.A., en contra de la sociedad mercantil Auto La Cruz, C.A., Inversiones Marra, C.A. y el ciudadano Gregorio García Afonzo, todos ya identificados.