Se declara SIN LUGAR, el Recurso de Apelación propuesto en fecha 10 de mayo del 2006 por el ciudadano JESUS RAFAEL CENTENO, asistido por el abogado JESUS ANTONIO ALVARADO, contra la decisión dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en los Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui de fecha 05 de mayo de 2.006, mediante la cual se declaró INADMISIBLE, el Recurso de Amparo Constitucional incoado por el prenombrado ciudadano y, en consecuencia se CONFIRMA la sentencia dictada por el Tribunal de la causa, en fecha cinco (5) de mayo de Dos Mil Seis (2.006).