Por las razones antes expuestas este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la pretensión de Divorcio, introducida por el ciudadano LEONARDO ALBERTO MEDINA SCORSA, venezolano mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-5.304.346, asistido por la abogada MARIGINIA GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 87.111, contra la ciudadana ISIDORA MARQUEZ RUEDA, española, mayor de edad, portadora del pasaporte Nro. G-00251637, fundamentada en la Causal Segunda del Artículo 185 del Código Civil. En consecuencia, queda disuelto el matrimonio contraído el 18 de Abril de 1.979, por ante la Junta Comunal del Municipio "Leoncio Martínez", Distrito Sucre del Estado Miranda, tal como se evidencia en el Acta de Matrimonio, Nro 77, folio 81, del Libro de Registro Civil de Matrimonios del año 1.....