CON LUGAR la demanda de divorcio intentada por el ciudadano Ángel Luis Moronta Leal contra su cónyuge, ciudadana Yamile Del Valle González Carrión, ambos anteriormente identificados, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 185 del Código Civil ordinales 2º y 3º.- En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por ambos cónyuges en fecha 28 de junio de 2.012, por ante la Oficina de Registro Civil del Municipio Simón Bolívar del estado Anzoátegui, según se evidencia de Acta de Matrimonio N°. 100, la cual fue acompañada a los autos en copia certificada. Así se decide.-