Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara a los ciudadanos: LIZETH ALEXANDRA MARIANI FRANCO; venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.10.997.791, domiciliada en la ciudad de Cantaura, Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, en la cual manifiesta que ella en su condición de pareja estable de hecho, y RODOLFO JOSÉ GARCÍA GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-20.196.989, KATERIN ALEJANDRA GARCÍA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-21.040.664, y LAURA VICTORIA GARCÍA GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-25.994.587, domiciliados en la ciudad y Municipio Anaco del Estado Anzoátegui, en su.....