DECISION
En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, el Recurso de Nulidad interpuesto por Mirna Coromoto Ramírez Castillo, antes identificada, contra la Gobernación del Estado Anzoátegui.
SEGUNDO: NULO el acto administrativo dictado por la Dirección de Educación y de Personal de la Gobernación del Estado Anzoátegui, en fecha 9 de abril de 2008.
TERCERO: Se ordena la reincorporación de la ciudadana Mirna Coromoto Ramírez Castillo al cargo que venia desempeñando o a otro de igual o superior jerarquía.
CUARTO: Se ordena el pago de todos los sueldos dejados de percibir, así como de todos los emolumentos derivados de la relación laboral, calculados desde la fecha de destitución hasta la.....