En tal sentido éste Tribunal Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simon Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de a Republica Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley y en uso de sus atribuciones legales, de conformidad con las facultades que les fueron otorgadas mediante Resolución Nº 2009-0006, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia de fecha 18 de Marzo de 2009, publicada en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela, identificada con el Nº 39.152, de fecha 02 de Abril de 2009; Declara las presentes actuaciones suficiente Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarle a la Ciudadana MERCY JOSEFINA SALINAS LOPEZ y a sus hijas MICHELLE ANAIOLY ASTUDILLO SALINAS Y RACHELLE ARIANNA ASTUDILLO SALINAS, venezolanas, mayores de edad, titulares de las Cedulas de Identidad Nº V- 8.318.606, V- 21.174.787, V- 27.652.472 respectivamente, sus condicione.....