-III-
DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara: PRIMERO: La Homologación del Desistimiento de la acción y del Procedimiento, en el recurso de apelación , interpuesto por el Abogado RACHID MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.510.739, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº. 10.923, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la Empresa SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES REYCH, C.A, en contra la sentencia de fecha treinta (30) de junio de 2015, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui-Con sede en El Tigre que declaro SIN LUGAR la presente DEMANDA por COBRO DE BOLIVARES VIA INTIMATORIA, en los términos antes expuestos; .....