Es por que por los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal declara:
1) SIN LUGAR: Las cuestiones previas propuestas por el demandado el ciudadano GUO ZHON LI, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nro 14.763.464, contenidas en el articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, correspondiente específicamente los numerales 4to y 8vo
2) De conformidad con el articulo 274 del Código de Procedimiento Civil, SE CONDENA al demandado de autos quien propusiera en su oportunidad las cuestiones previas contenidas en el articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, correspondiente específicamente los numerales 4to y 8vo, al pago de las costas por resultar totalmente vencida .-