Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Estado Anzoátegui Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
PRIMERO: CONDENA al ciudadano: RICARDO RAFAEL AGUILERA RAMOS, titulares de las Cédulas de identidad No. V-5.903.982, up supra plenamente identificado, a cumplir la pena de OCHO (8) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ACTO SEXUAL CON VICTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, previstos y sancionado en los artículo 44 Numeral 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Y.M.M., Así mismo se condena a la penas las accesorias de ley previstas en el artículo 16 del Código Penal.
SEGUNDO: De conformidad al artículo 367 en su primer aparte del Código Orgánico Procesal Pernal, se fija provisionalmente l.....