Ahora bien, los ciudadanos RAMON ANTONIO LEAL MORILLO y MARIA FELIX HERNANDEZ RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 18. 897.887 y 19. 329. 271, respectivamente, domiciliados en la ciudad de Barcelona, estado Anzoátegui, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio Rafael Celestino Berra Rebolledo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 128. 410, fundamentaron la solicitud de divorcio en el fallo número 446, del 15 de mayo de 2014, con carácter vinculante, de la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, con ponencia del Magistrado Arcadio Delgado Rosales, mediante el cual interpreto el artículo 185-A del Código Civil, modificando el procedimiento de divorcio, previsto en la citada norma legal, lo cual es contrario a la Ley, por cuanto el fallo de la Sala Constitucional, del Tribunal Supremo de Justicia, que determino que las causales de divorcio contenida en el articulo 185 del Código Civil son enunciativas y no t.....