Por las razones que anteceden, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, en aras de mantener la incolumidad de la Constitución Nacional, declara: CON LUGAR la presente Acción de Amparo Constitucional, incoado por la Ciudadana: ELSA CELINA AROCHA MARTINEZ, en contra del Ciudadano: JUSTINO JOSE FRANCO AGUILERA, antes plenamente identificados, COMO ASÍ SE DECIDE, por lo tanto, como consecuencia de la anterior decisión este Tribunal constitucional acuerda