En consecuencia, en base a los razonamientos de hecho y de derecho que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
Primero: Sin Lugar la oposición formulada por la ciudadana EDUVIGES RATTIA, ya identificada, debidamente asistida por el abogado LARRY AQUIAS, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 63.374, quedando así modificada la sentencia dictada por el Juzgado Aquo.-