"...en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA ENTREGA MATERIAL DEL INMUEBLE constituido por una casa ubicada en la calle Ricaurte Nº 21-94, del Barrio Palotal, Municipio Bolívar del Barcelona, Estado Anzoátegui, libre de bienes y personas, con motivo de la comisión conferida a este Tribunal por el Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. Y así se declara..."