Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA, todo en el juicio por DIVORCIO, intentado por la ciudadana MARITZA VILLARROEL JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3.808.834, de este domicilio, asistida por la abogada, LUCILA DEL VALLE ALFARO, inscrita en el Inpreabogado bajo el nº 83503, en contra del ciudadano GALO PALACIO VILLA, de nacionalidad colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nº E-81.323.668.