Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley NIEGA la solicitud interpuesta por la Defensora Pública Novena Penal de este Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Dra. CARMEN CECILIA SALAZAR GONZALEZ, en su condición de representante legal, en la causa seguida al hoy acusado HECTOR ANDRES MOSQUEDA HERNANDEZ, por la presunta comisión del delito de ASALTO A MEDIOS DE TRANSPORTE, previstos y sancionados en el artículo 358, del Código Penal Venezolano Reformado, y en su lugar acuerda: DISMINUIR LAS UNIDADES TRIBUTARIAS, las cuales fueron fijadas en Cuarenta (40) Unidades Tributarias, de acuerdo a la decisión de fecha 25 de Noviembre del 2005, por lo que se decreta disminuirlas en Treinta (30) Unidades Tributarias, estimándose que cada fiador deberán devengar un salario equivalente a OCHOCIENTO OCHENTA Y DOS MIL BOLIVARES CON.....