En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN a la transacción celebrada en los términos y condiciones en que ha sido convenida por la ciudadana MAYRA ALEJANDRA LOPEZ MAITA, asistida de su apoderado judicial abogado Alexis Rafael Meza, antes identificados; y la sociedad mercantil demandada CONSTRUCTORA TERMINI, S.A. (COTERSA), a través de su coapoderado judicial abogado Carlos Barone, antes identificados; otorgándole a la misma LOS EFECTOS DE COSA JUZGADA y da por terminado el presente juicio.
Ahora bien, conforme al pago que las partes acordaron efectuarse relacionado en el escrito transaccional presentado, discriminado de la siguiente manera: La suma de VEINTICINCO MIL BOLIVARES (BsF.25.000,oo) a favor de la ciudadana MAYRA LOPEZ cuyo pago se efectuó conforme a lo acordado mediante instrumento cambiario CHEQUE signado 60441193 del Banco .....