Vista la anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos interpuesta por el ciudadano CARLOS WILFREDO TOVAR GONZALEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad Nº V- 4.266.052, domiciliado en el Estado Bolívar y aquí de transito; actuando en su nombre y en representación de sus hermanos, ciudadanos: GLADYS ESPERANZA TOVAR DE ZERPA, RODULFO IBRAHIN TOVAR GONZALEZ, CESAR ANIBAL TOVAR GONZALEZ y LUIS VICENTE TOVAR GONZALEZ, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 5.009.989, V- 1.157.247, V- 3.225.484 y V- 3.228.157, respectivamente, según consta en poder especial debidamente autenticado por ante la Oficina de Registro Publico con funciones Notariales de los Municipios Bruzual y Carvajal del Estado Anzoátegui, el cual que riela a los folios Nº 5 y 6, de este expediente, asistido por el abogado en ejercicio Hermes Rafael Guevara C., inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 77.042. Se admite por no ser contraria al orden público, a las buena.....