Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Por Decaimiento extinguido el proceso, interpuesto por el Abogado Gabriel Mazzali, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 89.625, en su Carácter de Apoderado Judicial del Condominio DORAL BEACH VILLAS, TENNIS & GLOF CLUB, en contra de la C.A. VENEZOLANA DISTRIBUIDORA DE GAS NATURAL (VDGAS) (DISTRIBUIDORA DE GAS).
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en sentencia Nº 1466 de fecha 05 de agosto de 2004, se omite la publicación del cartel.
TERCERO: Remítase el expediente a Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, a los fines consiguientes.