Por todo lo antes expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Pedro María Freites de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, declara a los ciudadanos: MIRIAN JOSEFINA RUIZ MILLÁN, LUISANDNY PAOLA GUEVARA RUIZ, LUIS FERNANDO GUEVARA RUIZ, COMO ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del hoy difunto: LUIS ALBERTO GUEVARA MILLÁN , quien era venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero ,titular de la Cédula de Identidad N° V-5.990.059; y quien falleció ab-intestato en fecha siete (23) de Octubre del año (2017), en la ciudad de Cantaura del Municipio Bolivariano General Pedro María Freites del Estado Anzoátegui, según Acta de Defunción N° 167, y así se declara.-