Por las razones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Aragua, Sir Arthur Mac Gregor y Santa Ana de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO de conformidad con lo establecido en los artículos 184 del Código Civil Vigente y 8 ordinal 8° de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Especial de la Justicia de Paz Comunal, efectuada por los ciudadanos ROSMELY CAROLINA GUEDEZ TARAZONA y TEODORO JOSÉ MARTÍNEZ, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nos. 23.546.458 y 20.710.411, respectivamente. En consecuencia, se declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído entre ambos, en fecha 01 de Diciembre del año 2014, por ante la Oficina o Unidad de Registro Civil de la Parroquia Santa Ana, Municipio Santa Ana Aragua del Estado Anzoátegui, segú.....