Por las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, y con fundamento en el dispositivo legal señalado, declara DESISTIDA la acción incoada por el ciudadano ALEXIS RAMOS contra las sociedades mercantiles SERVICIOS GENERALES DE ELECTRICIDAD E INSTRUMENTACIÓN S.A. (SERGENSA) y PDVSA PETROLEO, S.A. por concepto de cobro de diferencia de prestaciones sociales, indemnización por accidente de trabajo, daño moral y demás conceptos laborales. Y así se decide.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en El Tigre a los VEINTIUN (21) días del mes de ENERO del año dos mil nueve (2009).