Se acuerda Aperturar el presente proceso a Juicio Oral y Público, en contra de JOSE ALBERTO CASTILLO CALDERON, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en los artículos 406 numeral 1º, y 277 del Código Penal, en agravio del ciudadano HEBERT LUIS PEREZ SARMIENTO (Occiso) y del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el articulo 331 del Código Orgánico Procesal Penal. Se ordena a la Secretaria, remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes a los fines de prosecución del presente proceso. Se deja constancia que en la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales del Proceso contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la Oralidad, Concentración e Inmediación. Regístrese. Cúmplase.