declara la NULIDAD del Acta de fecha 24 de noviembre de 2009, solo en lo que respecta al monto fijado a la experto CARMEN JOSEFINA ORTEGA, plenamente identificada en autos por honorarios profesionales, según avalúo a los bienes embargados propiedad de la empresa demandad y condenada TBC. BRINARDS VENEZUELA, C,A, y se ordena a la empresa accionada TBC. BRINARDS VENEZUELA,C,A sobre la cual recayó la sentencia definitivamente firme, con Acta de Remate efectuada el día 24 de noviembre de 2009, a cancelar a la nombrada experta la cantidad de de DIEZ MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES (Bs.f. 10.442,oo), que es el porcentaje del 10% por honorarios profesionales, que le corresponde por avalúo efectuado sobre bienes muebles, que fueron propiedad de la citada empresa TBC. BRINARDS VENEZUELA, C,A,