DECRETA MEDIDA PRIVATIVA JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del imputado: HECTOR DANIEL CEDEÑO FIGUEREDO ALIS "COLETO", de nacionalidad venezolano, natural de Anaco, Estado Anzoátegui, de 25 años de edad, nacido en fecha 19-11-1988. de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, titular de la cédula de identidad Nº 19.168.257, residenciado en la calle Ricaute, edificio Tamanaco II, apartamento 0301, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui,, quien se encuentra incurso en el delito de: HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406, numeral 1 del Código Penal, donde aparece como víctima el occiso AMARISTA PEREIRA ALEXIS JOSE., todo conforme a lo establecido en los artículos 236, 237, y 238 del Código Orgánico Procesal Penal; por considerar que se encuentran llenos los extremos de la norma procesal enunciada, así como la presunción razonable de peligro de fuga, por la pena que pudiera imponérsele al prenombrado imputado.. L.....