, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Oriental, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el DESISTIMIENTO del Procedimiento, solicitado por la abogada ELISABETTA PASTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. 19.316.869, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 204.667, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la Contribuyente TUCKER ENERGY SERVICES DE VENEZUELA, S.A; contra la Resolución Nº SNAT/INTI/GRTI/RNO/DR/CCP/2014-009, de fecha 13-10-2014, emanada de la División de Recaudación de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT),de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, de igual manera se ordena dar por terminado el presente asunto. Así se declara.-