Se DECLARO RESPONSABLES a los ciudadanos D.J.D.M. e Y.A.J.G.CH., (DATOS OMITIDOS); por la comisión del delito de HURTO CON FRACTURA EN GRADO DE COAUTORES, previsto en el artículo 453 numerales 3 y 4 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos CLIVE ALEXIS BUSTAMANTE, PATRICIA DE LOS ANGELES MONASTERIOS, YANNELYS CERMEÑO, MARLENE MACHADO y DANNY LEDEZMA; y en consecuencia tomando en consideración la finalidad educativa y principios consagrados en el artículo 621 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y en atención a las pautas previstas en el artículo 622 de la Ley Orgánica señalada ut-supra; y tomando en consideración las sanciones de Libertad Asistida y Reglas de Conducta solicitadas en la presente audiencia de Juicio por la Representante de la Fiscalía 17º del Ministerio Público, sanciona a los ciudadanos D.J.D.M. e Y.A.J.G.CH., identificados anteriormente, con las medidas de LIBERTAD ASISTIDA por el .....