es por lo que este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda REVOCAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO al penado EULISES ANTONIO AMARGURA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nro. V- 11.909.829, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació en fecha 23-02-71, de profesión Obrero, hijo de los ciudadanos Luis Alfonzo Acosta y Nelsi del Valle Amargura, residenciado en Monte Cristo, Calle Las Flores, N° 3-A, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui; por haber incumplido las condiciones impuestas para su permanencia en dicho régimen. En consecuencia Procédase a librar la correspondiente Boleta de Encarcelación a nombre del referido penado y remítase con orden de captura a la Delegación del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Delegaciones Caracas, Barcelona y Puerto la Cruz, y asimismo librar el ofic.....