Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley, en consecuencia se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada por este Tribunal en fecha 09 de febrero de 2012, y a tal efecto se ordena oficiar lo conducente al Registrador Inmobiliario del Municipio Juan Antonio Sotillo del Estado Anzoátegui, a los fines de ley.-