este Tribunal actuando de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicho CONVENIMIENTO en la misma forma, términos y condiciones establecidos en su escrito; y en consecuencia, se ordena al Partidor. Designado, ciudadano ELIO MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.135.539, inscrito en el SOAVOR Nº 067, incluir en la Partición y Liquidación de la Comunidad Concubinaria, que ha incoado el ciudadano HARLYX ANDRES TREVIZON ARIAS en contra de la ciudadana MARIANNI JOSE ORDAZ ROMERO, el vehículo, Marca CHEVROLET, Modelo LUV, Placas 67FABO, Clase CAMIONETA, Tipo PICK UP, Uso CARGA, Color BLANCO, Serial de Carrocería 8LBETF1M970001773, Serial de Motor 6VE1-258459, Año 2006, cuyo vehículo fue comprado a la empresa Souki de Guayana, C.A., según factura Nº 14580, de fecha 27 de enero de 2007. Cúmplase.