DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal de los Municipios Manuel Ezequiel Bruzual y Francisco del Carmen Carvajal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Parcialmente con lugar la solicitud por Obligación de Manutención, fijada en Bolívares trescientos sesenta y seis (Bs. 366,00) mensuales, en beneficio de los niños XXXXXXXXX y XXXXXXXXXXX, en representación de ellos su madre la ciudadana GRECIA DEL VALLE RADA MAURERA, en contra del ciudadano CARLOS ALFREDO DIAZ AREVALO, venezolano, de mayoridad y titular de la Cédula de Identidad Nº 21.362.190, de conformidad con lo preceptuado en el Artículo 365 y 369 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y del Adolescentes. No hay lugar a condenatoria en costas. Publíquese, regístrese, diarícese y déjese copia de la presente sentencia. Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho .....