Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Primera instancia en lo Penal en Función de Juicio Nº 03, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: PRIMERO: ASUME EL CONTROL JURISDICCIONAL EN LA PRESENTE CAUSA y ordena la celebración del JUICIO ORAL Y PÚBLICO CON TRIBUNAL UNIPERSONAL a los acusados ciudadanos SIMON ALBERTO BELLO CAMPO por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en perjuicio de LA COLECTIVIDAD. SEGUNDO: Se fija como fecha para la celebración del juicio oral y público con Tribunal Unipersonal para el día 01 DE JULIO DE 2009, A LA 10:30 DE LA MAÑANA.
Líbrese las correspondientes boletas de notificación y citación, instándose a la Oficina de Alguacilazgo para que de cumplimiento a la consignación de las boletas con antelación a la celebración del acto fijado. Notifíquese a las partes.
Cúmplase. Notifíquese.....