Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, en funciones de Ejecución Nro. 02, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: PRIMERO: Conforme al artículo 482, último aparte del Código Orgánico Procesal Penal, se Reformula el Cómputo de la Pena impuesta al penado JHON EDWERS BRAZON TORRES, titular de la cédula de identidad Nro. 18.848.114, quien fue condenado mediante sentencia firme a cumplir la pena de DIEZ (10) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRISION, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO FRUSTRADO EN GRADO DE COAUTORES y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los artículos 458, 80 y 277 del Código Penal, cometido en perjuicio de los ciudadanos ARQUIMEDEZ JOSE MARQUEZ, CARMEN JOSEFINA DE MARQUEZ, ARGENIS RAFAEL MARQUEZ GIL. SEGUNDO: Se acuerda el cambio de lugar de reclusión del penado JHON EDWERS BRAZON .....