"...este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, pasa a dar cumplimiento a la presente comisión y en consecuencia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: Embargado Preventivamente, el monto del 50% de las prestaciones sociales y demás beneficios que le correspondieren al ciudadano Juan Carlos Carvajal Padrón, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.808.995, como trabajador de la empresa PDVSA PETROMONAGAS. Asimismo, una vez sean retenidas las cantidades de dinero, las mismas se remitan en cheque de gerencia al Tribunal de la Causa, es decir, Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui..."