Se dictó sentencia interlocutoria en el presente asunto declarandose:PRIMERO: SIN LUGAR la Recusación interpuesta en fecha 09 de abril de 2014, por los abogados FRANKLIN ENRIQUE VELAZCO ZAMBRANO y ARTURO CASTRO ISCULPI, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ROGER ANTONIO LEON PORTILLO, en su carácter de presidente de la Compañía Anónima LEOMOSSCAASISTENCIA PETROLERA C.A, identificados en autos, contra la Dra. LUZ ZORAYA ARREAZA en su condición de Juez Provisorio del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, extensión El Tigre, con fundamento en la causal 18º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en el juicio que por cobro de bolívares vía intimación sigue el ciudadano MOISES SEGUNDO SUAREZ GARCIA contra la Compañía Anónima LEOMOSSCAASISTENCIA PETROLERA C.A, representada en su presidente ciudadano ROGER ANTONIO LEON PORTILLO.