".. Por las consideraciones que anteceden, este Juzgado Primero del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos, convenida entre los cónyuges, ciudadanos JAIME ANDRÉS GAÑAN LÓPEZ y GABRIELA COROMOTO ARAY ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 18.815.330 y 16.479.635, respectivamente y declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, según Acta de Matrimonio debidamente anotada bajo el N° 338, inserta en los Libros de la Oficina de Registro Civil Municipio Turístico el Morro, Lic. Diego Bautista Urbaneja, del Estado Anzoátegui,.."