Por las razones que anteceden, este Tribunal Primero Superior Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte accionante en amparo, contra la sentencia dictada por el Juzgado Accidental de Primera Instancia del Trabajo y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en fecha 14 de Abril de 2003, la cual queda CONFIRMADA.