Se acuerda Apertura el presente proceso a Juicio Oral y Público, en contra del acusado ANTONIO JOSE GUAICAIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 8.207.943, profesión u oficio chofer, estado civil casado, residenciado en la Calle Principal, El Guamo, Municipio Carvajal, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, tipificado en el articulo 409del Código penal, en concordancia con los artículos 216, 217 y 218 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente, cometido en perjuicio del infante ISAAC JOSE RAMIREZ RIVAS.- Se ordena a la Secretaria, a remitir las actuaciones al Tribunal de Juicio respectivo en el lapso legal correspondiente. Se insta a las partes a concurrir al Tribunal de Juicio dentro de los cinco (05) días siguientes. Se deja constancia que en la presente Audiencia Preliminar se dio Cumplimiento a los Principios Generales del Proceso contenidos en el Código Orgánico Procesal Penal, r.....