Por lo razonamientos antes expresados, Este Tribunal de Primera Instancia de Control Nº 01 Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley RESUELVE lo siguiente: PRIMERO: Hechos estos imputados al adolescente IDENTIDA OMITIDA, que constituyen la comisión del delito de HURTO DE GANADO EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el Articulo 8 de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera en relación con el articulo 83 Ejusdem, en perjuicio de la ciudadana INES MARIA MAURERA DE GOMEZ, acogiendo totalmente la precalificación jurídica dada a los hechos por la Represente Fiscal, delito perseguible de oficio y cuya acción penal no se encuentra evidentemente prescritas. SEGUNDO:Se declara que la aprehensión del Adolescente IDENTIDA OMITIDA, fue en flagrancia por cuanto fue aprehendido en el momento de la comisión del hecho que se le imputa y con objetos que hacen presumir su vinculación con el hec.....