Este Juzgado del Municipio San José de Guanipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se declara "INCOMPETENTE" para el conocimiento de la presente Solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos, MAURILIO JOSE PRADO e IGNALE COROMOTO AREBAL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-15.211.662 y V-13.789.310, respectivamente, donde el primero tiene domicilio en el caserío Apamate, frente a la carretera Apamate, El Toco, parroquia El Chaparro, municipio Mac Gregor, estado Anzoátegui y la segunda en el sector Valle Lindo, frente a la calle Principal, parroquia Anaco, municipio Anaco, estado Anzoátegui, debido a que la última residencia conyugal de los consortes solicitantes estaba fijada en el caserío El Toco, municipio Mac Gregor, estado Anzoátegui; por lo que se DECLINA el conocimiento, sustanciación y pronunciamiento defi.....