se Decreta: Como Único y Universal Heredero del fallecido, ciudadano: CALLETANO LOPEZ, a su hijo, ciudadano: RAFAEL LOPEZ MARTIN, de conformidad con lo previsto en el Artículo 11 Ejusdem., se dejan a salvo los derechos de terceros. Se deja copia certificada de este Decreto en el Archivo de este mismo Tribunal y se acuerda expedir por Secretaría un (01) Juegos de Copias certificadas de todo el expediente, incluyendo el presente decreto, tal y como fue solicitado en el último aparte del escrito de la solicitud. Así se decide.