En consecuencia, se declara CON LUGAR la apelación interpuesta por la ciudadana DAISY JOSEFINA CASTRO SANDREA,, a través de sus apoderado SIMÓN RAFAEL PINTO GONZALEZ y SIMÓN PINTO PERALES, RAMON PEREZ, contra el ente mercantil UNIDAD EDUCATIVA ´´LA LLOVIZNA, C. A , en fecha 08 de febrero de 2006, contra la decisión dictada por el Juzgado del Municipio San José de Genipa de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en fecha 21 de julio de 2006, quedando REVOCADA la decisión del Juzgado de Municipio.-